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Pero, ¿cómo funcionan las fronteras políticas en el mar? ¿Cómo sabemos siquiera dónde están? Bueno, nuestras fronteras políticas marítimas fueron establecidas en gran medida por las Naciones Unidas mediante la Convención sobre el Derecho del Mar de 1982. Encuentra tus piernas marinas, compañero: es hora de una aventura marítima.
Definición de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
La Convención de lasNaciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) es un acuerdo internacional que describe cómo deben interactuar entre sí y con los recursos marinos las embarcaciones marítimas en aguas regionales y en alta mar. La alta mar son las partes de los océanos del mundo que no están bajo la jurisdicción de ningún gobierno nacional: son aguas internacionales.
La CNUDM lo define todo, desde la libertad de navegación a la piratería, pasando por la contaminación y la conservación de la fauna. Pero quizás más relevante para la geografía, la CNUDM también delimita las fronteras políticas y económicas marítimas. En otras palabras, la CNUDM proporciona orientación sobre lo quees exactamente alta mar y lo que no . Según la ONU, los océanos son patrimonio común de la humanidad, y la CNUDM intenta encontrar un equilibrio entre libertad y soberanía.
Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar de 1982
Antes de 1952, los países de todo el mundo utilizaban "libros de reglas" completamente distintos para determinar su propio territorio y autoridad marítimos. En reconocimiento de esta situación, las Naciones Unidas celebraron la primera Convención sobre el Derecho del Mar. El objetivo era establecer un marco común para las interacciones internacionales en y con los océanos.
El derecho marítimo internacional que tenemos hoy en día surgió en gran medida como resultado de la tercera Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Esta convención duró de 1973 a 1982 y entró en vigor en 1994. Más de 160 naciones participaron en esta conferencia, que se celebró en la ciudad de Nueva York. El acuerdo actual de la CNUDM se creó como resultado de esta convención.
Signatarios de la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar
La CNUDM ha sido adoptada casi universalmente por los países del mundo. La friolera de 168 partes (incluidos miembros de la ONU y organizaciones supranacionales como la Unión Europea) han firmado y confirmado (ratificado) tanto la propia convención como el acuerdo resultante.
Quince partes no han firmado ni ratificado ni el convenio ni el acuerdo, entre ellas Turquía, Israel y Venezuela. Otras catorce partes han firmado la convención o el acuerdo, pero no lo han ratificado. Estados Unidos entra en esta categoría.
Estados Unidos desempeñó un papel decisivo en el desarrollo de la CNUDM, pero se negó a firmar la convención o a ratificarla. ¿El motivo? La Parte XI de la CNUDM creó la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos para regular las expediciones mineras en aguas internacionales. EEUU lo consideró una restricción innecesaria de la actividad económica.
Incluso entre quienes no han firmado ni ratificado la CNUDM, ésta se ha convertido en derecho internacional consuetudinario: no la consideran jurídicamente vinculante, sino que la siguen como una cuestión de buenas costumbres. Esto incluye a EEUU, que, irónicamente, utiliza con frecuencia a la marina estadounidense para hacer cumplir las normas de la CNUDM.
Resumen de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
Entonces, ¿qué dice realmente la CNUDM?
Los países con fronteras marítimas tienen soberanía sobre una parte del océano. Cuanto más te alejes de la costa de un país, menos poder económico o político tendrá ese país hasta que llegues a alta mar. La distancia suele medirse a partir de una línea de base costera, normalmente basada en una media de cuando las mareas están en su nivel más bajo (línea media de bajamar). Estas distancias se cuantifican en millas náuticas (nm); una milla náutica equivale aproximadamente a 1,15 millas (1,85 kilómetros).
Zona oficial UNCLOS | Distancia de la línea de base | Derechos económicos/políticos nacionales |
Aguas interiores | Aguas interiores de la línea de base | Soberanía completa y total |
Aguas territoriales | 12nm | Territorio nacional soberano, similar a las fronteras políticas terrestres. Los buques extranjeros sólo pueden entrar en circunstancias excepcionales. |
Zona Contigua | 24m | Un país tiene una jurisdicción limitada de aplicación de la ley para prevenir delitos que considere que pueden cruzar a las aguas territoriales (infracciones aduaneras, tráfico, etc.). |
Zona Económica Exclusiva (ZEE) | 200nm | Un país tiene acceso exclusivo para recolectar todos los recursos dentro de su ZEE, por ejemplo mediante la pesca, la minería y la fracturación hidráulica. |
La Zona (Alta Mar/Aguas Internacionales) | Más allá de 200nm | Compartida por todos los países; libertad de navegación para todos los buques; actividad económica restringida. |
Ten en cuenta que estos límites también incluyen el espacio aéreo.
Además de las zonas anteriores, la CNUDM define la autoridad soberana para las naciones archipelágicas y para las naciones con plataformas continentales.
Las nacionesarchipelágicas, como Filipinas, están formadas por muchas islas. Según la CNUDM, sus zonas comienzan en las líneas de base de las islas más alejadas del archipiélago, y las aguas entre las demás islas reciben un tratamiento jurídico similar al de las aguas territoriales.
Isla: tierra sobre el agua capaz de sustentar una habitación humana o una actividad económica, ¡no una roca cualquiera en medio del océano!
Lasplataformas continentales son continuaciones submarinas de masas de tierra. Están directamente conectadas con el territorio de un país en tierra firme. Las plataformas continentales son especiales en el sentido de que la ONU reconoce el acceso económico exclusivo de un país a su plataforma continental hasta 350 nm desde la línea de base. Sin embargo, aunque una plataforma continental se extienda más allá de 350 mn, los derechos de un país no siguen extendiéndose junto con ella.
¿Tenemos que compartir?
¿Qué ocurre si dos países tienen zonas que se solapan? ¿Y si un barco extranjero necesita entrar en las aguas territoriales de un país? Estas situaciones son frecuentes en los estrechos, donde varios países bordean el océano en un espacio relativamente pequeño.
Hay dos cuestiones importantes que resolver: la delegación de derechos políticos y económicos, y la necesidad de que buques extranjeros transiten por aguas que normalmente serían territoriales.
Línea mediana de la CNUDM
Según la CNUDM, en caso de superposición de zonas, los derechos políticos y económicos deben delimitarse mediante una línea mediana basada en el principio de equidistancia. Esta línea mediana divide las aguas territoriales de los países, la zona contigua y la ZEE (si procede, respectivamente) proporcionalmente en función de la línea de base de cada país. Esto significa que los territorios marítimos de ambos países se truncarán, pero teóricamente, se truncarán a prorrata.
Paso en tránsito vs Paso inocente
Debido a la geografía marítima, puede ser necesario atravesar las aguas territoriales de un país cuando se navega de una parte de alta mar a otra.
El paso entránsito se refiere al paso a través de un estrecho. Muchos estrechos, como el Estrecho de Ormuz, el Estrecho de Gibraltar o el Estrecho de Malaca, son puntos de estrangulamiento del tráfico: simplemente debes pasar por ellos para ir de un punto a otro, aunque hacerlo te sitúe técnicamente dentro de las aguas territoriales. El paso en tránsito debe ser continuo y expedito. Los buques de guerra en tránsito, por ejemplo, pueden seguir realizando maniobras militares básicas, siempre que ello no obstaculice su capacidad de atravesar el estrecho de forma continua y expeditiva.
Un buque puede realizar un paso inocente cuando considere que la ruta más lógica de una zona de alta mar a otra requerirá que atraviese las aguas territoriales de un país. Por ejemplo, puede ser más fácil atravesar las aguas de un archipiélago que rodearlo por completo. Para que un barco pueda realizar el paso inocente, debe cesar todas sus actividades económicas, militares y de investigación.
Además, reclamar el paso inocente es un reconocimiento tácito de las fronteras marítimas políticas y económicas reclamadas por un país. Cuando estas fronteras se ajustan a la CNUDM, no suele ser un gran problema. Pero en todo el mundo hay países que reclaman fronteras marítimas que no se ajustan a las directrices de la CNUDM. Atravesar esas aguas sin reclamar el paso inocente suele considerarse un rechazo de esas reclamaciones. A veces se encarga a buques de guerra que lleven a cabo operaciones de libertad de navegación (FONOP) en estas zonas.
Desde 2014, la República Popular China ha estado construyendo islas artificiales en el Mar de China Meridional. China utiliza estas islas artificiales (así como rocas y atolones inhabitables) para ampliar sus reclamados mares territoriales y ZEE en el Mar de China Meridional, aunque los funcionarios del gobierno chino también afirman que la totalidad del Mar de China Meridional es de todos modos territorio histórico chino y no está sujeto a la CNUDM.
La Marina estadounidense lleva a cabo con frecuencia FONOP en el Mar de China Meridional para repudiar las reivindicaciones chinas.
¿Qué más cubre la CNUDM?
Brevemente, la UNCLOS también cubre lo siguiente:
Cables submarinos
La CNUDM afirma el derecho de un país a tender cables submarinos, normalmente para conexión a Internet, en su propia ZEE.
Piratería
La CNUDM afirma que la piratería es ilegal según el derecho marítimo internacional y faculta a las partes de la convención a reprimir y disuadir la piratería.
El derecho de persecución
Los buques extranjeros sorprendidos violando las directrices de zonificación de la CNUDM pueden ser perseguidos y detenidos por un buque perteneciente al país cuya zona haya sido violada. Este buque puede incluso perseguir al infractor en alta mar, hasta/salvo que el infractor entre en aguas territoriales propias o de un tercero.
Estados no costeros y acceso al mar
Cuando proceda, los países sin litoral pueden acceder a la ZEE de un país de su región. Un Estado costero no puede bloquear el acceso a los océanos de un país sin litoral.
Explotación económica y conservación marina en alta mar
Como ya se ha mencionado, la ONU regula las explotaciones económicas en aguas internacionales . Del mismo modo, la ONU se encarga de regular la conservación de la fauna y la contaminación en aguas internacionales.
¿Y el tráfico?
La CNUDM no debe confundirse con el Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes en el Mar (COLREG). El COLREG también fue creado por las Naciones Unidas a través de la Organización Marítima Internacional. A diferencia de la CNUDM, el COLREG explica detalladamente cómo debe fluir el tráfico en el mar.
En Estados Unidos, la Guardia Costera publica los COLREG en un libro llamado Manual de Reglas y Normas de Navegación, coloquialmente llamado "Reglas de la Carretera". Todo buque estadounidense de más de 12 metros de eslora debe llevar a bordo un ejemplar de las Reglas de la Carretera.
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar - Pesca
¿Cómo afecta la CNUDM a la carrera náutica por excelencia: la pesca?
Una pesquería es el lugar donde se capturan, recogen o crían peces y otras formas de vida acuática (como en una piscifactoría). "Pesquería" también se refiere al acto de capturar, recolectar o criar peces y otras formas de vida acuática.
Los Estados costeros tienen derechos exclusivos de pesca en su propia ZEE (a menos que deban compartir su ZEE con un país sin litoral). Los acuerdos de pesca existentes entre países tienen prioridad sobre las directivas de la CNUDM. La ONU espera y exige que cada país regule la pesca en sus propias aguas. Los pescadores también pueden pescar en alta mar, siempre que no infrinjan las normas de conservación establecidas por la ONU u otros estados.
La CNUDM también afirma los derechos de pesca tradicionales, es decir, el derecho de los pueblos indígenas a mantener sus propias pesquerías.
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar - Aspectos clave
- La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) es un acuerdo internacional que describe cómo deben interactuar entre sí y con los recursos marinos los buques de navegación marítima en aguas regionales y en alta mar.
- La versión actual de la CNUDM se completó en 1982 y entró en vigor en 1994.
- EEUU no es parte de la CNUDM porque se opone a algunos de sus aspectos económicos. Sin embargo, en la práctica, EEUU acepta la CNUDM como derecho internacional consuetudinario.
- La CNUDM establece un sistema que define las zonas sobre las que una nación costera tiene soberanía. Esto incluye las aguas territoriales (12 mn a partir de la línea de base), la zona contigua (24 mn a partir de la línea de base) y la zona económica exclusiva (200 mn a partir de la línea de base).
Referencias
- Fig. 1: Zonas Económicas Exclusivas (https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Exclusive_Economic_Zones.svg), por B1mbo (https://commons.wikimedia.org/wiki/User:B1mbo), Licencia CC BY-SA 3.0 CL (https://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/cl/deed.en)
- Fig. 4: Buque Ro-Ro Eurocargo Genova en tránsito por el Estrecho de Mesina (https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Ro-Ro_ship_Eurocargo_Genova_transiting_the_Strait_of_Messina_-_20_July_2010.jpg), por Jacopo Werther (https://commons.wikimedia.org/wiki/User:Jacopo_Werther), Licencia CC BY-SA 3.0 (https://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/deed.en)
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